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¿Cómo reclamar una factura impagada o una deuda acumulada?

Reclamación de facturas impagadas

Si eres autónomo o tienes una empresa, es muy normal que tengas que reclamar una factura impagada o una cantidad acumulada. Te contamos por qué debes reclamar estos importes incluso si son facturas pequeñas y cómo hacerlo antes de que prescriban. También encontrarás los intereses y gastos que puedes cobrar por cada factura impagada.

La mayoría de las empresas se enfrenta en alguna ocasión a los clientes morosos, pero la manera de afrontarlo resulta muy diferente entre unas y otras. A menudo las grandes empresas son más activas en la reclamación de facturas, incluso de importes pequeños, mientras que las pymes esperan a acumular una deuda considerable para reclamarlas. 

Pero la realidad es que basta con tener una factura incluso de importe pequeño para reclamarla.

 

Pasos para reclamar una factura impagada por vía judicial 

Cuando la reclamación por vía amistosa no ha servido —primero hay que empezar a hacerlo, aunque sabemos que es una tarea incómoda y molesta—, hay que recurrir a los tribunales, como cuando tienes inquilinos morosos. 

Puedes reclamar una factura impagada tú mismo, pero lo más adecuado es que cuentes con el asesoramiento de un abogado especialista en impagos, que te podrá indicar incluso cuándo prescribe la deuda y cuánto plazo tienes. Estos son los pasos a seguir para activar la reclamación de facturas impagadas (proceso monitorio):

1. Solicitud ante el Juzgado de Primera Instancia del lugar de domicilio o residencia del deudor. En este documento deben estar identificados el deudor, el acreedor, sus domicilios y la cuantía de la deuda. Hay que adjuntar las facturas o contratos que demuestren la deuda.

2. El Juzgado de Primera Instancia recibe la petición. Ante esto puede hacer varias cosas: admitirla directamente o requerir al demandante para subsanar la petición inicial (si percibe un error). 

3. Tras la admisión a trámite, se da al deudor un plazo de 20 días para pagar la deuda o realizar una alegación. El desenlace puede ser:

• Pago de la deuda.

• Oposición a la reclamación. 

• Sin respuesta por parte del deudor. Se dicta un decreto que nos faculta para ejecutar la deuda y embargar los bienes del deudor hasta cobrar la totalidad de la deuda. A menudo esta es la vía más habitual para forzar al deudor a abonar lo debido.

 

¿Qué se considera una factura impagada?

Desde 2010 las administraciones públicas están obligadas por ley a abonar las facturas en 30 días naturales. Las empresas privadas tienen un plazo de 60 días naturales, pero en ninguno de los casos se puede exceder más allá.

En la práctica ni empresas públicas ni privadas pagan en plazo. Una situación que afecta de forma directa a la liquidez y supervivencia de autónomos y pymes.

Esto ha motivado cambios en la actual ley para luchar contra la morosidad.

 

Derecho a cobrar 40 € por gastos en cada factura impagada

Si una factura no se paga en el periodo indicado, incluso con un pacto entre acreedor y deudor, se genera un gasto automático de 40 € por factura impagada. 

Antes los tribunales interpretaban este gasto por un conjunto de facturas presentadas al mismo deudor; en cambio, ahora se aplica esta cantidad a cada una de ellas.

Esta medida busca cubrir los costes internos de gestión que genera ese impago en las empresas y autónomos, que durante el impago deben soportar. No hablamos de los costes de reclamación ante tribunales.

Pero hay más costes que se pueden repercutir a los deudores por no pagar a tiempo.

 

Los intereses en operaciones comerciales

Una deuda crea intereses y la cantidad total a abonar aumenta a medida que pasan los días. En este sentido, lo primero que hay que revisar es el tipo de interés establecido en el contrato de prestación de servicios (según la Ley 3/2004). 

Si no se ha fijado ningún tipo de interés, hay que tomar como referencia el tipo de interés fijado por el Banco Central Europeo y se le añaden 8 puntos.

 

Ejemplo para el cálculo de intereses en una factura impagada

Imaginemos el caso de una empresa privada que abona 35 días después de lo debido una factura con un importe de 5 585 €. Es decir, lo hace a los 95 días (primero ha apurado el plazo legal de 60 días). 

La fórmula que debemos aplicar para el cálculo de los intereses es esta:

Interés de demora = (Cantidad adeudada) x (Días de retraso en el pago de la factura / 365) x (Tipo de interés de demora)

 

Tomamos como referencia el interés del 2,5 % (el marcado por el BCE en diciembre de 2022) más 8 % en concepto de interés de operaciones comerciales.

En nuestro caso quedaría así:

(5 585 €) x (35/365) x (2,5+8 %) = 56,23 €

La empresa tendría que pagar el importe de la factura (5 585 €), los intereses de demora (56,23 €) y 40 € por gastos de impago. 

El coste total es de 5 681,23 €. 

 

Pero las deudas prescriben y puede que no recibas nada. Si tienes miedo de que la tuya lo haga, reclámala ahora con nuestros abogados. Cuentas con entre 3 y 5 años (depende del tipo de deuda) para hacerlo. Después no podrás ir a los tribunales para exigir su pago. Reclama con nosotros.

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