Abogados de derecho
mercantil en Madrid

Para empresas de toda España
Respuestas a tus dudas legales en la compraventa de empresas, concursos de acreedores y mucho más

Como despacho de abogados mercantiles queremos que tomes buenas decisiones

Tener una empresa implica tomar decisiones casi cada día. Muchas con importantes implicaciones legales. Nuestros abogados mercantiles en Madrid son de los que apuestan por eliminar por completo los riesgos.

El asesoramiento legal en una empresa se convierte en una herramienta básica para ganar seguridad en las operaciones importantes, pero también en el día a día. Tanto en unas como en otras están nuestros abogados mercantiles.

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¿En qué te ayuda un abogado especialista en derecho mercantil?

Como abogados especialistas en derecho mercantil podemos ofrecerte asesoramiento legal recurrente a empresas como de forma puntual en cuestiones que afectan a la sociedad, como la situación económica, conflictos entre socios o delitos asociados a la actividad empresarial.


Situaciones en las que prestamos asesoramiento como abogados de empresa:

Mis derechos como socio

¿Eres socio minoritario en una sociedad limitada y te ignoran? ¿Has pedido información sobre las decisiones que se toman y nadie te responde? ¿Sientes que no tienes derechos?

Hay solución a todos estos problemas por la vía legal. Tienes derechos como socio minoritario con más del 5 % de las participaciones de la sociedad. Es el momento de parar el abuso del resto de socios sobre tus derechos. Podemos defenderlos. Solo necesitamos que nos lo pidas y nos ponemos en marcha.
¿Qué derechos tienes?
  • Obtención de la documentación relativa a la junta general para la aprobación de cuentas.
  • Asistencia a la junta: cualquier socio, sin importar el porcentaje de participación, puede asistir a estas reuniones.
  • Solicitud de asistencia de un notario a la junta general: tienes derecho a pedir que un notario acuda a la junta si lo notificas en el plazo de 5 dias antes de dicha junta. Además, si se toma un acuerdo y no consta en el acta notarial, no tendrá ninguna eficacia.
  • Solicitar de nombramiento de auditor de cuentas: los socios podrán solicitar al registrador mercantil el nombramiento de auditor dentro de los 3 primeros meses tras el cierre del ejercicio.
  • De separación de la sociedad: los socios que NO voten a favor de un acuerdo, incluidos socios sin voto podrán separarse cuando se den las causas del artículo 346 de Ley de Sociedades de Capital:
    • Sustitución o modificación sustancial del objeto social.
    • Prórroga de la sociedad.
    • Reactivación de la sociedad.
    • Creación, modificación o extinción anticipada de la obligación de realizar prestaciones accesorias, salvo disposición contraria de los estatutos.
  • Impugnación de acuerdos sociales: para reclamar acuerdos contrarios al orden público, estará legitimado cualquier socio, aunque hubiera adquirido la condición de socio después de haberse tomado el acuerdo.

Mi empresa es insolvente

¿Tu empresa es incapaz de pagar las facturas que le llegan? ¿Te sientes entre la espada y la pared? Si eres el socio administrador, debes saber cómo actuar ante empresas en concurso de acreedores o empresas en suspensión de pagos. 

Dispones de 2 meses desde el conocimiento de la situación de insolvencia para solicitar el concuso de acreedores. Este mecanismo funciona para satisfacer las deudas con los acreedores, como una segunda oportunidad y como escudo de protección social.
¿Cómo te ayudamos?
  • Asesoramiento total para empresas en concurso de acreedores. El resultado no siempre es la liquidación de la empresa, solo se llegará a este punto si no existe unconvenido de acuerdo con los acreedores. La liquidación solo procede cuando alargar la situación incrementará el pasivo (la deuda con acreedores).
  • Un experto concursal practitioner te acompañará durante todo el proceso. Se encargará de elaborar la relación de las deudas pendientes de la empresa y el establecimiento de una jerarquía. Primero irán los créditos contra la masa, créditos privilegiados y, los últimos en abonar, los créditos subordinados. .

Qué hago con mi sociedad inactiva

¿Tienes una sociedad inactiva desde hace años y crees que ya está todo zanjado? Para Hacienda y la Administración no. La empresa, el administrador y los socios pueden llegar a recibir sanciones por no presentar el impuesto de sociedades o las cuentas anuales. 

La buena noticia es que el procedimiento para liquidar una sociedad sin actividad resulta sencillo y bastante rápido. Solo si la empresa tiene deudas pendientes podrá demorarse más tiempo.

Tu sociedad inactiva...
  • No tiene deudas. Si la sociedad no debe facturas o créditos o solo cuenta con deudas pendientes con los socios, se puede disolverse y liquidar la sociedad ante notario. Esta es la situación más favorable para cerrarlo todo de forma más casi inmediata. En MZG Legal gestionamos este tipo de caso muy a menudo.
  • Tiene deudas. En este caso hay que valorar qué situación concreta tiene porque el procedimiento cambia:
  1. Hay acreedores privados, Hacienda o la Seguridad Social que reclaman cantidades no abonadas y la empresa tiene activos para repartir. En este caso hay que solicitar de forma obligatoria el concurso de acreedores para hacer el reparto de los activos (cuentas bancarias, créditos pendientes de cobro, inmuebles, etc.) a los acreedores.
  2. Si la empresa debe dinero a acreedores, Hacienda o la Seguridad Social y no tiene activos para repartir. En este caso se recurre al concurso de acreedores. Se concluiría de forma inmediata por inexistnecia de masa activa. Estamos ante un procedimiento especial y bastante ágil que declara la apertura y conclusión inmediata del concurso, ya que no hay bienes a repartir.

Sea cual sea tu caso, desde MZG Legal te ayudamos a encontrar la solución más rápida, económica y sencilla para el la liquidación de tu sociedad inactiva.

Quiero comprar un negocio o empresa

¿Estás pensando en adquirir un negocio y no sabes en qué aspectos legales te tienes que fijar? Existen riesgos importantes en la compra de empresas que pueden pasar desapercibidos por la mayoría de empresarios:
  • Posibles demandas de trabajadores u otros conflictos laborales.
  • Defectos del modelo de negocio o productos que puedan provocar una reclamación de antiguos clientes.
  • Riesgos fiscales derivados de la responsabilidad tributaria de los vendedores de negocio (IBI, tasa de residuos, impuestos específicos por actividad...).
  • Riesgos normativos. Están vinculados al incumplimiento de normas de obligatorio cumplimiento. Si esto ha ocurrrido, puede dar lugar a sanciones importantes en materias diversas: prevención de riesgos laborales, responsabilidad civil...
Todos estos riesgos pueden resultar muy caros al comprador. Pero se reducen al mínimo cuando hay un asesoramiento legal completo en la compraventa de la empresa. 
¿Cómo te ayudamos?
Como abogados hemos asesorado en más de 100 operaciones de compraventa de negocios y empresas. Sabemos cuáles son los detalles legales claves este tipo de operaciones. 

Estas son las fases claves en la compraventa de empresas, que identificarás a la perfección si te asesoramos:

  1. Redacción de propuesta de adquisición. Elaboramos una carta de intenciones donde se recopilan las condiciones esenciales de adquisición del negocio.
  2. Redacción de contrato de arras. Solo para aquellos casos en los que se quiere garantizar la adquisición del negocio con una señal.
  3. Due Diligence. Desde la firma de un acuerdo vinculante, nuestro equipo de abogados revisa todos los aspectos importantes de la operación y del negocio a nivel mercantil fiscal, laboral y civil. Este trabajo de investigación se hace para anular o minimizar al máximo los riesgos para el comprador. Este paso garantiza la seguridad en una compra de empresas. Si se omite, puede traer consecuencias negativas para el comprador. 
  4. Contrato de compraventa de sociedad o negocio. Con él se regulan las condiciones de adquisición, responsabilidades y garantías del comprador y vendedor.  Se trata del documento que expone los términos de la operación. Su redacción es muy importante, ya que no se recomienda usar modelos o plantillas de otras operaciones. No hay dos transacciones mercantiles iguales y a menudo su uso provoca errores. 

Evita errores y gana en tranquilidad para que te sientas orgulloso/a de tu compra.

¿Me pueden acusar del delito de insolvencia punible?

La insolvencia punible es un delito de carácter económico regulado en el Código Penal. Ocurre cuando los administradores de sociedades en concurso de acreedores mediante actuación u omisión perjudican la masa concursal que debe ser enajenada.

Este delito puede tener hasta 4 años de prisión y multa de hasta 24 meses. Además, el delito se puede perseguir incluso cuando el deudor haya dejado de cumplir sus obligaciones o el concurso no llegue a su fin.

Si se determina que el administrador perjudicó la masa concursal, los jueces tendrán pleno derecho para enjuiciarlo.
¿Cómo te ayudamos?
  • Asesoramiento completo y defensa ante acusación de delito de insolvencia punible. ¿Te han acusado de perjudicar la masa concursal de la sociedad? Te ayudamos a planificar la estrategia de tu defensa para luchar por tus derechos.
En función de la gravedad de los hechos de los que te acusen, debes conocer que la condena puede ser mayor. Si, por ejemplo, hay ocultación de datos o destrucción de bienes, entre otros supuestos, originan un daño a un gran número de personas y para alguno de ellos es superior a 600 000 €, la pena de prisión podría llegar hasta los 6 años.

Te asesoramos en todo el proceso para que encuentres opciones para satisfacer de forma ordenada los créditos a los acreedores.

¿Debo hacer un pacto de socios?

A veces entre los socios de una empresa surgen desavenencias y conflictos que podrían haberse evitado. Negociar la relación y dejarla por escrito es una excelente forma de prevenirlo.

El pacto de socios regula aquellos aspectos más conflictivos en las relaciones entre ellos (competencia, dedicación exclusiva, reglas para la transmisión de participaciones, reparto de dividendos, etc.).

Estos aspectos no se reflejan en los Estatutos de la Sociedad para mantener la confidencialidad y por la existencia de normas mercantiles que impedirían la inscripción de algunas cláusulas en el Registro Mercantil. Por tanto, conviene tener un contrato privado con el pacto de socios.

¿Cómo te ayudamos?
  • Asesoramiento y redacción de pacto de socios. Como abogados de empresa, puedes consultarnos cualquier duda o propuesta que te hagan los otros socios para incluir en tu pacto y quieras saber cómo te afecta. También te asesoramos y nos encargamos de la redacción completa del pacto de socios de acuerdo a los intereses de todos y con total transparencia.
  • Asesoramiento en tus derechos de acuerdo a tu pacto de socios firmado. Si firmaste un contrato con cláusulas cuando entraste en una sociedad y necesitas ayuda legal, resolvemos todas tus preguntas y te guiamos si ha llegado el momento de vender tus acciones, sacar acciones al mercado o cualquier otra situación mercantil.

¿Qué opciones hay ante el patrimonio neto negativo?

Tener patrimonio neto negativo es sinónimo de que la empresa vive una situación económica delicada. Se considera que las sociedades están en estas circunstancias cuando el patrimonio neto de una empresa es inferior a la mitad de la cifra de capital social. Si una sociedad limitada se ha constituido con 12 000 euros, tendría patrimonio neto negativo al tener 5 000 euros.

La normativa mercantil considera que hay un riesgo real y obliga a los socios y administradores a disolver la sociedad. Pero hay otras opciones para no llegar a ese desenlace.

Puedes hacer un aumento de capital social con o sin prima, pedir un crédito contra la sociedad, hacer aportaciones dinerarias o no dinerarias,. Pero también tienes como opción reducir el capital social, hacer una aportación directa como socio, condecerle un préstamo a la sociedad o reducir y aumentar el capital de forma simultánea. 

¿Cómo te ayudamos?
  • Asesoramiento legal ante una sociedad con patrimonio neto negativo. Te presentamos todas las opciones que tienes para que puedas elegir la mejor en tu situación (aportaciones dinerarias o no dinerarias, créditos, reducción de capital, reducción y aumento simultáneo de capital...). Con nuestros abogados mercantiles sabrás de primera mano qué implicaciones legales tiene cada operación y cuál es mejor para la sociedad y para ti como socio.
Cualquiera de estas opciones debe hacerse con una cantidad suficiente que permita sanear la situación patrimonial de la sociedad.

Ninguna de estas opciones se pueden realizar cuando la sociedad está a las puertas del concurso de acreedores.


Si necesitas asesoramiento legal en concursos de acreedores, puedes consultarnos. Estudiamos tu caso y te guiamos en todo el procedimiento.

 

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