Si estás pensando en venir a vivir a Madrid o estás regularizando tu situación en este momento, uno de los aspectos determinantes es conocer cómo funciona la asistencia sanitaria en España para extranjeros. Te vamos a contar los aspectos esenciales para que lo tengas todo claro.
La asistencia sanitaria gratuita y estatal en España está ligada al sistema de Seguridad Social. Los ciudadanos, a través de sus cotizaciones de empleo o las prestaciones que reciban, pueden acceder al Sistema Nacional de Salud.
Prácticamente de la misma forma que para los ciudadanos españoles. Para beneficiarte del sistema necesitas estar en uno de los siguientes supuestos:
• Trabajar por cuenta propia o ajena y estar afiliado a la Seguridad Social en situación de alta o asimilada a la de alta.
• Ser pensionista de la Seguridad Social.
• Recibir una prestación o subsidio por desempleo o prestaciones de naturaleza similar.
• Haber agotado el paro, el subsidio o cualquier prestación relacionada, estar en desempleo, no estar asegurado de cualquier otra forma y residir en España.
Pero también pueden disfrutar de asistencia sanitaria los extranjeros beneficiarios de un asegurado. Está en estos supuestos:
• El cónyuge o pareja de hecho de una persona asegurada.
• El excónyuge, si tiene derecho a pensión compensatoria.
• El descendiente o persona asimilada de un cotizante, de su cónyuge o pareja de hecho (incluso aunque esté separado judicialmente). El descendiente debe estar a cargo del asegurado y ser menor de 26 años, o si sobrepasa esta edad, tener reconocida una discapacidad igual o superior al 65 %.
Hay ciertas excepciones en el Sistema Nacional de Salud español, ya que una de las características de él es la asistencia sanitaria universal. A continuación, reflejamos algunos casos en los que los extranjeros pueden beneficiarse de la asistencia médica en España, aunque no tengan regularizada su situación:
• Menores de edad. La asistencia sanitaria a menores extranjeros está garantizada. El Estado español los considera asegurados incluso si sus progenitores no han regularizado su situación en nuestro país.
• Embarazadas. Durante el embarazo, el parto y el postparto las mujeres extranjeras tendrán asistencia médica a la Seguridad Social en las mismas condiciones que una mujer embarazada española.
• Cualquier ciudadano en caso de urgencia. La asistencia básica de urgencia está garantizada para todos los ciudadanos, sea cual sea su origen o situación en el país.
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