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Ley de ‘start-ups’: descubre todas las claves

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En diciembre de 2022 se aprobó la ley de start-ups, que establece un marco normativo para la creación y crecimiento de empresas emergentes. Te contamos qué implica para las empresas que se encuentran en este grupo.

 

¿Qué se considera start-up y qué requisitos debe cumplir?

Una start-up es una empresa de nueva creación que, gracias al uso de las tecnologías de la información y comunicación, presenta grandes posibilidades de crecimiento y escalabilidad del negocio.

De acuerdo a la ley en cuestión, la Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, se deben cumplir los siguientes requisitos para ser una start-up:

  • Tener una propuesta de valor innovadora, por lo general con base digital, que presente nuevos productos o servicios o mejorados. 
  • Ser de nueva creación o que no tenga una antigüedad mayor de 5 o 7 años en ciertos sectores estratégicos. 
  • Disponer de sede o domicilio social de manera permanente en España y que el 60 % de la plantilla esté contratada en este país. 
  • No haber distribuido dividendos y que no cotice en ningún mercado de valores. 
  • Contar con un volumen de negocio anual que no supere los 10 millones de euros. 


De su acreditación se encarga ENISA (Empresa Nacional de Innovación SA), una empresa pública dependiente del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

8 puntos clave de la ley de start-ups

Algunas de las mejoras incluidas en la ley de start-ups son: 

  • Agilidad en la constitución de empresas por medio telemático, sin costes de registro ni notariales. 

 

  • Reducción de los costes en la fase inicial del proyecto: disminución del tipo impositivo en el Impuesto de Sociedades y en el Impuesto sobre la Renta de No Residentes. Se pasa de un 25 % al 15 % durante un máximo de cuatro años, desde que la base imponible sea positiva hasta los tres años siguientes.

 

  • Eliminación de la doble cotización a la Seguridad Social para los autónomos societarios que tengan de manera simultánea un empleo por cuenta ajena (para mejorar la repatriación de talento).

 

  • Mejoras en el tratamiento fiscal de las stock options (opciones sobre acciones), que permite retribuir a los trabajadores de una empresa emergente con acciones y participaciones sociales. 

 

  • Ampliación de la vigencia de autorizaciones iniciales de residencia para emprendedores, inversores y estudiantes extranjeros; y creación de un nuevo visado para nómadas digitales.

 

  • Tratamiento fiscal específico para el llamado carried interest como rendimiento del trabajo en el IRPF que lo integra en un 50 % de su importe bajo ciertos requisitos (el restante 50 % no tributa).

 

  • Reducción en los trámites burocráticos para inversores extranjeros con el fin de facilitar los procesos de inversión en empresas españolas.

 

  • Permiso para solicitar una licencia de prueba temporal por un año para empresas emergentes que operan en sectores regulados. 

 

Ley de start-ups española

 

Ventajas fiscales de la ley de start-up

Impuesto de Sociedades: así tributan las start-ups

  • Reducción del 25 al 15 % del IS en los 4 primeros años. El primero con BI positiva y los tres siguientes, siempre que la sociedad mantenga su condición de start-up.
  • Aplazamiento de deudas tributarias 12/6 meses los dos primeros años y dos posteriores. 
  • Sin obligación de efectuar pagos fraccionados por empresas emergentes durante los dos primeros años de actividad.

IRPF para empresas emergentes

  • Se eleva la exención de 12 000 a 50 000 euros en el caso de entrega de participaciones o acciones a empleados de empresas emergentes. 
  • Se establece una regla especial de imputación temporal para los rendimientos no exentos por superar el límite anterior se imputarán en el periodo en el que se produzcan circunstancias como la negociación en bolsa o la salida de su patrimonio. Si pasados 10 años no se han dado estas circunstancias, el contribuyente deberá tributar por estos rendimientos de trabajo.
  • Deducción de hasta el 50 % por inversión en empresas de nueva creación en el IRPF (en lugar del 30 %). Aumenta la base máxima de 60 000 a 100 000 euros. Además, se eleva el plazo para suscribir las acciones o participaciones de 3 a 5 años y hasta 7 años para determinadas categorías de empresas emergentes. En caso de los socios fundadores, al margen de su porcentaje de participación, pueden aplicar la deducción.
  • Régimen fiscal más flexible para trabajadores desplazados a territorio español. Si antes la cifra estaba en diez, ahora pasa a cinco el número de periodos impositivos anteriores al desplazamiento a nuestro territorio en los que el contribuyente no puede haber sido residente fiscal en España.
  • Calificación y tratamiento fiscal de la retribución por gestión de fondos vinculados al emprendimiento, a la innovación y al desarrollo de la actividad económica como rendimientos de trabajo. Se integrará en la base imponible en un 50 % de su importe, sin que resulten de aplicación exención o reducción alguna, cuando se cumplan determinados requisitos. 

 

Incentivos laborales para empresas emergentes

  • Régimen fiscal especial aplicable a los trabajadores profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español. Quienes adquieran la residencia fiscal en España como consecuencia de su desplazamiento podrán tributar por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR). Podrán mantener su condición de contribuyentes en el IRPF en el que se efectúe el cambio de residencia y los cinco periodos impositivos siguientes (hay que cumplir ciertos requisitos).
  • Cuota íntegra en este régimen fiscal especial. 

Base liquidable

Tipo aplicable

 

Hasta 600.000 euros.

24 %

Desde 600.000,01 euros en adelante.

47 %

 

Base liquidable del ahorro

Hasta

Cuota íntegra

Euros

Resto base liquidable del ahorro

Hasta euros

Tipo aplicable

0

0

6.000

19 %

6.000,00

1.140

44.000

21 %

50.000,00

10.380

150.000

23 %

200.000,00

44.880

En adelante.

26 %

 

  • Retenciones e ingresos a cuenta. Se aplicará el 24 % de retención o ingreso a cuenta sobre rendimientos del trabajo. Si las retribuciones satisfechas por un mismo pagador de rendimientos del trabajo durante el año natural exceden de 600 000 euros, se aplicará el 47 %.
  • Cónyuge e hijos de la persona desplazada. Pueden optar por tributar por el IRNR el cónyuge y sus hijos, menores de 25 años o de cualquier edad en caso de discapacidad.
  • Permiso de residencia para emprender. Se podrá solicitar una autorización de residencia para iniciar, desarrollar o dirigir una empresa. Tendrá una vigencia de 3 años y validez en todo el territorio nacional. Puede renovarse  los 2 años y la obtención permanente se puede solicitar a los 5 años. 
  • Teletrabajo. Los extranjeros que quieran residir para trabajar a distancia en una empresa no ubicada en territorio español pueden solicitar el visado internacional para teletrabajo. Su vigencia máxima es de un año.
  • Bonificación del 100 % de cuotas de autónomos societarios de start-ups para quienes trabajen de forma simultánea para otro empleador. La bonificación se aplica a la base mínima con carácter general y durante los 3 primeros años.

Si eres una empresa emergente o quieres crear una, consulta antes los detalles de la ley con un abogado de derecho mercantil para beneficiarte de la ley de start-ups. 

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